Áncash. – Mediante dos informes de control posterior, la Contraloría General detectó que un familiar de un consejero regional por la provincia de Yungay prestó servicios como asesor legal externo en las municipalidades distritales de Ranrahirca y Yanama, en la jurisdicción de dicha provincia, a pesar de que estaba impedido de contratar con el Estado.
Esta situación afectó la legalidad de los actos de la administración pública y el principio de integridad en las contrataciones del Estado.
Según el Informe de Acción de Oficio Posterior N° 021-2024-2-0346, entre enero y mayo de 2023, el profesional fue contratado por la Municipalidad Distrital de Ranrahirca bajo la modalidad de locación de servicios para desempeñarse como asesor legal externo. No obstante, debido al parentesco de segundo grado de consanguinidad (hermano) con el consejero regional, este estaba impedido de contratar con el Estado en el ámbito de competencia territorial hasta 12 meses después de que la autoridad regional haya finalizado sus funciones.
De manera similar, el Informe de Acción de Oficio Posterior N° 023-2024-OCI/0346-AOP revela que entre enero y junio de 2023 el profesional también fue contratado por la Municipalidad Distrital de Yanama en la misma modalidad, con una remuneración mensual de S/ 4,000.
Cabe precisar que la normativa de contrataciones del Estado permite que cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que cumpla con los requisitos previstos en la ley, pueda participar como postor, contratista o subcontratista en las contrataciones de las entidades públicas. Sin embargo, los familiares en primer y segundo grado de consanguinidad o afinidad de los consejeros regionales están impedidos de hacerlo.
Ambos informes fueron comunicados a los titulares de las municipalidades distritales de Ranrahirca y Yanama para que, en el marco de sus facultades, adopten las medidas correspondientes.
Los ciudadanos pueden acceder al contenido de los documentos a través del Buscador de Informes de Control en www.gob.pe/contraloria.
Según el Informe de Acción de Oficio Posterior N° 021-2024-2-0346, entre enero y mayo de 2023, el profesional fue contratado por la Municipalidad Distrital de Ranrahirca bajo la modalidad de locación de servicios para desempeñarse como asesor legal externo. No obstante, debido al parentesco de segundo grado de consanguinidad (hermano) con el consejero regional, este estaba impedido de contratar con el Estado en el ámbito de competencia territorial hasta 12 meses después de que la autoridad regional haya finalizado sus funciones.
Cabe precisar que la normativa de contrataciones del Estado permite que cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que cumpla con los requisitos previstos en la ley, pueda participar como postor, contratista o subcontratista en las contrataciones de las entidades públicas. Sin embargo, los familiares en primer y segundo grado de consanguinidad o afinidad de los consejeros regionales están impedidos de hacerlo.