Solo se puede realizar con una comunicación escrita de al menos dos días hábiles previos, según la normativa vigente.

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Las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) tienen la responsabilidad de mantener operativos los medidores para que registren correctamente los volúmenes de agua consumidos mes a mes. Como parte de ese trabajo, pueden retirar temporalmente los medidores, acción que suele generar dudas entre los usuarios.

Conoce los cuatro motivos por los que una EPS puede retirarte el medidor:
  1. Para realizar la verificación periódica: se efectúa como máximo cada cinco años.
  2. Para realizar la verificación posterior en laboratorio: puede efectuarse dentro de un procedimiento de reclamo o fuera de este, a solicitud del titular de la conexión o del usuario.
  3. Si está dañado.
  4. Por reemplazo o mantenimiento.
Reinstalación y reemplazo del medidor
El retiro del medidor debe ser notificado por escrito con una anticipación de al menos dos días hábiles. En cuanto a la reinstalación del medidor, esta se realiza en los plazos establecidos en la norma, de la siguiente manera:
  • En caso de verificación posterior, si se comprueba que el medidor funciona correctamente, la empresa debe reinstalarlo como máximo en un día hábil luego de la verificación. Si no se reinstala en ese plazo, se facturará el 50 % del promedio histórico de consumos aplicable.
  • En caso de mantenimiento, si la empresa prestadora retira el medidor, este deberá ser reinstalado en un plazo máximo de cinco días hábiles. Si no se reinstala en ese lapso, se facturará el 50 % del promedio histórico de consumos aplicable.
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Además, si la empresa prestadora retira el medidor, deberá reponer el nuevo medidor de manera inmediata. En caso no se reinstale de forma inmediata, se facturará el 50 % del promedio histórico de consumos aplicable.

Otros casos
Si se verifica que el medidor subrregistra, la empresa prestadora puede optar por retirarlo o no. En caso lo retire, el plazo de reemplazo es de 15 días hábiles. Si no se reinstala en el tiempo previsto, se facturará el 50 % del promedio histórico de consumos aplicable.
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Por otro lado, si el medidor sobrerregistra, la empresa prestadora deberá retirarlo. Mientras no se reemplace el medidor, se facturará el 50 % del promedio histórico de consumos aplicable.

Para más información, los usuarios pueden comunicarse con el Fono Sunass al 1899, disponible en todo el país, o visitar las redes sociales de la Sunass.