La Contraloría emitió un informe de visita de control referido al sistema de seguridad en el establecimiento penitenciario de Chimbote, ubicado en el centro poblado de Cambio Puente; en el que se advierten tres situaciones adverse que afectan la eficacia y continuidad del sistema de seguridad penitenciaria:
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1 - Ausencia de procedimiento normado para el registro, custodia y disposición de objetos incautados podría afectar la trazabilidad y legalidad del tratamiento de dichos bienes.

(…) Esta situación adversa podría conllevar la pérdida o eliminación de medios probatorios e información relevante, impedir verificar la trazabilidad de los objetos incautados y permitir su disposición sin intervención de autoridades competentes. Ello afectaría la cadena de custodia, limitaría el ejercicio de acciones legales y vulneraría los principios de legalidad, seguridad jurídica y control institucional en el ámbito penitenciario.

2 - Deficiencias en el sistema de videovigilancia del establecimiento penitenciario afectan el monitoreo permanente de zonas críticas.

- (…) Durante la inspección, se verificó que el centro de monitoreo interno del establecimiento contaba con pantallas activas y equipos de visualización en funcionamiento; sin embargo, parte de las cámaras mostraban interferencias, imágenes congeladas o ausencia total de señal. No se identificaron reportes técnicos recientes que documenten el estado de operatividad total del sistema ni un registro consolidado del número total de cámaras instaladas versus cámaras activas o en mantenimiento. Tampoco se presentó un informe que indique el tiempo de inoperatividad de los equipos con fallas ni evidencia del seguimiento técnico por parte del personal responsable.
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- Durante los recorridos realizados por la Comisión en compañía del personal penitenciario, se informó verbalmente que algunas cámaras se encontraban fuera de servicio debido a daños eléctricos, falta de repuestos o averías no resueltas. Sin embargo, esta información no se encontró documentada mediante informes de ocurrencias, reportes de mantenimiento ni registros de atención de incidencias técnicas.

- Adicionalmente, no se presentaron registros de los periodos de grabación efectiva del sistema ni evidencia del almacenamiento de imágenes para fines de respaldo, consulta posterior o investigaciones internas. La Comisión no tuvo acceso a bitácoras de revisión diaria del centro de monitoreo ni constancias de revisión de imágenes por parte de los órganos de seguridad del establecimiento. Tampoco se visualizó la aplicación de protocolos de archivo digital, custodia o eliminación segura del material grabado.

3 - Deficiencias en la infraestructura de vigilancia y limitada disponibilidad de equipos de comunicación en el establecimiento penitenciario de Chimbote, que podrían comprometer la respuesta ante incidentes de seguridad.
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(...) se inspeccionaron visualmente varias de las torres de vigilancia perimétrica y se constató el deterioro físico de estructuras metálicas, presencia de óxido, ausencia de iluminación funcional y filtraciones en los techos de las garitas, que limitan su uso seguro durante turnos nocturnos o en condiciones climáticas adversas. En al menos dos torres, se observó el uso de escaleras metálicas que presentan inestabilidad estructural.
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En el área administrativa se revisaron actas de control de activos logísticos y se constató que no se cuenta con un inventario actualizado de los equipos de comunicación asignados a cada torre o sector. Tampoco se encontró un plan de mantenimiento preventivo vigente para dichos equipos ni cronogramas de verificación periódica.

La ausencia de condiciones técnicas mínimas en la infraestructura de vigilancia, sumada a la limitada operatividad de los equipos de comunicación interna, restringe la capacidad de reacción ante eventos como fugas, disturbios, agresiones o intentos de ingreso externo no autorizado. Esta situación adversa pone en riesgo la oportunidad de respuesta del personal de seguridad ante eventos críticos (alteraciones del orden, fugas o ingresos no autorizados) y dificulta la coordinación entre los puestos de vigilancia.
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El informe No. 046-2025-OCI/0316-SVC, elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI) del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), corresponde al periodo de evaluación del 1 al 3 de diciembre del 2025. Fue comunicado al titular de la entidad para que se adopten las acciones correctivas que correspondan.

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