- Osiptel estableció criterios, basados en tecnologías de geolocalización, que permiten identificar teléfonos que se encuentran dentro de los centros penitenciarios.
Una vez verificado el uso prohibido, las empresas operadoras estarán obligadas a realizar el corte del servicio público móvil y el bloqueo del equipo terminal.
Alertas a los ciudadanos
El Osiptel indicó que una de las principales novedades de la norma es la implementación de un sistema de alertas para la población.
Cuando se detecte un intento de comunicación proveniente de un posible centro penitenciario, y aun no se haya ejecutado el corte del servicio, el destinatario recibirá de forma inmediata; es decir, una locución de voz y un mensaje de texto (SMS), advirtiendo que la llamada o mensaje podría originarse desde un penal.
Este mecanismo busca prevenir estafas, extorsiones y otros delitos que se originan desde las cárceles del país.
Responsabilidades y sanciones
Las empresas operadoras deberán informar al Osiptel y al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en un plazo máximo de 24 horas, sobre cada corte, bloqueo, reactivación o desbloqueo de servicios y equipos. Asimismo, están obligadas a conservar los registros por un mínimo de tres años.
El incumplimiento de estas disposiciones será considerado infracción administrativa, sujeta a sanciones de acuerdo con la Metodología de Cálculo para la Determinación de Multas en los Procedimientos Administrativos Sancionadores tramitados ante el Osiptel.
La nueva norma entrará en vigencia cuatro meses después de su publicación en el diario oficial El Peruano, con un régimen transitorio que permite aplicar medidas de control de manera inmediata.
Lima, 5 de enero de 2026