1. La Entidad no cautela que la partida 03.01.03.02.01 Sardinel peraltado - concreto f'c=175 kg/cm2 en las bermas centrales se ejecute conforme lo previsto en el expediente técnico, lo cual podría generar que se recepcione una obra con incumplimientos técnicos y que podría afectar la calidad y la vida útil de la obra, así como ocasionaría una eventual inaplicación de penalidades.
2. La Entidad no cautela que la partida 01.05.05 Carpeta asfáltica en caliente de 2", respecto a la calle 28, se ejecute conforme a las especificaciones técnicas del expediente técnico y normativa aplicable, lo cual generaría una eventual inaplicación de penalidades y riesgo de liquidación del contrato con incumplimientos contractuales.
3. La Entidad no cautela, que el Contratista cumpla con ejecutar la totalidad de la partida 01.03.02 Concreto en rampas f'c= 175 kg/cm, ni que valorice lo realmente ejecutado, toda vez que, en la valorización del mes de julio se consignó un porcentaje de avance de la citada partida distinto a lo verificado en la visita; situación que podría generar pagos en exceso, incumplimiento contractual e inaplicación de penalidades.
4. La Entidad no actualiza en el sistema de información de obras públicas - INFOBRAS el estado situacional de la obra con CUI 2507039, situación que afecta la transparencia en la gestión, el adecuado seguimiento y el acceso a la información pública.
VER INFORME https://apps8.contraloria.gob.pe/SP...S_CODIGO=2024CSI034400055&TIPOARCHIVO=ADJUNTO