La Segunda Sala Penal de Apelaciones absolvió del delito de actos contra el pudor al docente casmeño Rolando Rubio Mejía Pajuelo , quien en primera instancia fue sentenciado a cinco años y ocho meses de pena privativa de la libertad, por supuestamente haber tocado indebidamente a una escolar de 13 años de edad.

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Foto: Corte Superior de Justicia del Santa
La Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Casma acusó a Mejía Pajuelo de haberle realizado tocamientos a la estudiante, entre el 2016 y 2017, en las instalaciones de la institución educativa Ciro Alegría Bazán, ubicada en el caserío de Casablanca. Según la adolescente, el profesor solía realizarle invitaciones a comer y le pedía que viajaran juntos. Además, lo acusó de haberle tocado las piernas e intentado besar por la fuerza en el interior de los servicios higiénicos.

Tras la sentencia inicial, la defensa de Rolando Mejía decidió apelar el fallo condenatorio.​

Culminada la audiencia de apelación, los integrantes de la Segunda Sala Penal de Apelaciones consideraron que el supuesto testigo presencial del tocamiento en el baño, ni los testigos referenciales presentados, lograron corroborar fehacientemente que el hecho ocurrió. Es por ello, que no estando ante una probanza de la tesis incriminatoria mas allá de toda duda razonable, decidieron revocar la sentencia y absolvieron al acusado.

De esta manera, se dispuso la anulación de sus antecedentes policiales y judiciales, así como se dejen sin efecto las órdenes de captura en su contra.