- Modificación de directiva incorpora mejoras para facilitar una transición ordenada de autoridades en más de 3200 entidades públicas y garantizar la continuidad de los servicios a la ciudadanía
Entre los principales cambios se encuentra la adecuación de los plazos para los procesos de rendición de cuentas y transferencia de gestión, diferenciando los casos de titulares con periodo de gestión definido y no definido.
Asimismo, se incorporan disposiciones específicas para las transferencias que se realizarán con motivo de las Elecciones Generales 2026 y las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
La norma regula la conformación del Equipo de Transferencia del Titular Entrante (ETTE), mediante un nuevo anexo para formalizar su designación; además, establece las obligaciones que deberán asumir quienes ejerzan temporalmente las funciones de titular cuando exista imposibilidad material de hacerlo por mandato constitucional o legal.
Del mismo modo, se incorporó el registro de la evidencia de la publicación de los informes de rendición de cuentas y transferencia de gestión, fortaleciendo así la transparencia del proceso.
Adicionalmente, la directiva actualiza su alcance, la base normativa y diversas disposiciones complementarias para brindar mayor claridad y seguridad en su aplicación.
Las modificaciones serán aplicables a los procesos de rendición de cuentas y transferencia de gestión que se encuentren en curso, conforme a lo establecido en la resolución que las aprueba.
Como parte de la implementación de estas disposiciones, la Contraloría desarrollará capacitaciones dirigidas a funcionarios y servidores de los gobiernos nacional, regional y local, además de brindar asistencia técnica para facilitar la correcta aplicación de la directiva.
Tanto la resolución como el texto actualizado de la norma y el cronograma de capacitaciones se encuentran disponibles en el portal institucional de la Contraloría General de la República.
Resolución de Contraloría N.° 344-2026-CG
https://www.gob.pe/institucion/contraloria/normas-legales/8337223-344-2026-cg
Lima, 8 de julio de 2026