- Se tratan de medidas extraordinarias y temporales que se aplicarán únicamente en los ámbitos geográficos comprendidos en las declaraciones de estado de emergencia asociadas al fenómeno El Niño.
También se señala que estas líneas prepago no sean suspendidas o dadas de baja por falta de recargas o de uso durante dicho periodo. En caso de que esto no sea posible técnicamente, las empresas operadoras podrán otorgar mensajes de texto o SMS gratuitos a usuarios afectados como alternativa.
Para quienes tienen un servicio móvil pospago, las empresas operadoras realizarán la migración temporal de su servicio a la modalidad prepago, en lugar de suspenderlo o darlo de baja por falta de pago, siempre que sea técnicamente posible. La medida no genera cargos adicionales por la migración, pero subsisten las obligaciones económicas pendientes de pago generadas con anterioridad.
Asimismo, a solicitud del abonado o titular del servicio, las operadoras pueden ofrecer el fraccionamiento de las deudas con condiciones especiales informadas al Osiptel.
Medidas para facilitar el acceso
La norma del Osiptel también contempla que las operadoras faciliten la contratación de servicios móviles prepagos temporales para las personas afectadas, que se anulan tras la emergencia.
Además, podrán habilitar canales extraordinarios e implementar módulos itinerantes donde los abonados afectados puedan para solicitar la reposición de SIM card y permitir que los teléfonos móviles compartan su conexión a internet con otros dispositivos, según las condiciones que establezcan las empresas operadoras.
Todas estas medidas se aplicarán únicamente en los ámbitos geográficos comprendidos en las declaraciones de estado de emergencia asociadas al fenómeno El Niño y durante el periodo que corresponda.